miércoles, 16 de mayo de 2012

Pequeños mineros tendrán beneficios de ley de primer empleo

Ministerio de Minas presentó en el Consejo de Ministros el proyecto de ley del Código Minero. Se aceleran procesos de caducidad de títulos que tengan fines especulativos. 

El ministro de Minas y Energía, Mauricio Cárdenas Santa María, presentó ante el Consejo de Ministros el proyecto de ley que reforma el Código de Minas, iniciativa que debe pasar por el Congreso, luego de que la reforma del 2010 fuera declarada inexequible por la Corte Constitucional, al no haber realizado el proceso de consultas con las comunidades. 

El eje fundamental de la iniciativa es la formalización de la minería artesanal o informal, buscando que cerca de 300.000 familias que viven de esta actividad puedan tener la posibilidad de recibir un título, como paso para acceder a la capacitación y a la financiación, para contar con mejor tecnología para el desarrollo de su negocio. 

Para este propósito se creará el Fondo de Promoción de la Formalización, que se va a nutrir de los recursos del sector, y que dará los mineros tradicionales líneas de crédito para acceder a tecnología, maquinaria y capacitación. El Fondo se alimentará de los dineros del canon superficiario (arriendo que paga un titular por el terreno concedido por el Estado) y nacerá con el 30 por ciento de los ingresos de este rubro. 

Según el funcionario, para apoyar a los pequeños mineros habrá un período de transición, en el que podrán acceder a los beneficios de la ley del primer empleo, lo que les dará un tiempo para adecuarse a las normas. Así, los pequeños mineros tendrán tarifas reducidas en impuesto de renta y tarifas de cero en los aportes parafiscales, que se irán normalizando de forma progresiva. 

“Asimilaríamos al pequeño minero tradicional a lo que hoy en día tenemos en el régimen para el primer empleo”, señaló el funcionario en el Congreso Internacional de Minería y Petróleo, que se realiza en Cartagena. 

El código también va a darle instrumentos a la nueva Agencia Nacional de Minería (ANM), para revocar y declarar de forma más rápida la caducidad de los contratos mineros en los que no hay inversión o aquellos que sus titulares mantienen únicamente con fines especulativos.

Fuente: Portafolio.co

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